Y la Cuenta Pública.

Rosarito.-   El Departamento de Investigación contará con un titular dentro del Reglamento Interno de la Sindicatura dentro del artículo 17, el cual supervisará, organizará y dará cuenta de los procedimientos a su cargo.

      Asimismo, ejercerá las facultades y atribuciones inherentes a la Autoridad Investigadora de conformidad con las disposiciones previstas por la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Baja California y demás disposiciones legales aplicables; además dicho departamento tendrá las siguientes atribuciones:

Elaborar y proponer al Contralor el Programa Operativo Anual; ejecutar, validar y presentar los informes trimestrales en tiempo y forma, incluyendo las adecuaciones y modificaciones que se estimen necesarias;

Determinar con plena jurisdicción las estrategias, métodos y sistemas de investigación que permitan conocer las acciones y conductas de los servidores públicos municipales en el desempeño de su empleo, cargo o comisión de la Administración Pública Municipal, así como de los particulares en los casos previstos por la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Baja California y demás disposiciones aplicables;

Investigar de oficio, por queja, denuncia o derivado de las auditorías practicadas por parte de las autoridades competentes, así como auditores externos, la presunta responsabilidad por la Comisión de Faltas Administrativas, y en su caso, realizar la calificación de las mismas;

Llevar a cabo las diligencias que resulten necesarias para la debida integración de los expedientes de investigación en términos de las disposiciones previstas por la Ley Responsabilidades Administrativas del Estado de Baja California;