Rosarito.- De acuerdo al Reglamento Interior de la Sindicatura del quinto municipio el artículo 25.- La Dirección de Sindicatura Ciudadana de la Sindicatura tendrá las siguientes facultades y atribuciones:
I. Coordinar la convocatoria y evaluación para la selección de los aspirantes a Comisarios Sociales Honorarios;
II. Coordinar a los Comisarios Honorarios para que cumplan con la normatividad establecida en su desempeño;
III. Efectuar visitas de supervisión a los comisarios sociales para que cumplan con la normatividad establecida dentro de su desempeño mensualmente;
IV. Llevar acabo visitas con los comités de vecinos y de obras comunitarias integrados por la Secretaría de Bienestar Social, para la recepción de quejas y denuncias;
V. Coordinar y supervisar las actividades del personal bajo su mando para que estos cumplan con sus responsabilidades y funciones con apego a los requerimientos establecidos en las leyes, reglamentos, disposiciones administrativas y manual de procedimiento para cumplir las metas fijadas por el/la Síndico;
VI. Efectuar visitas de supervisión administrativa a través del personal adscrito a esta dirección, en las dependencias que componen el Gobierno Municipal, para evaluar la calidad de la Atención Ciudadana por parte de los Servidores Públicos Municipales;
VII. Coordinar acciones y realizar encuestas para la evaluación del desempeño de los Servidores y de los Servicios Públicos Municipales semanalmente;
VIII. Coordinar la recepción de quejas y denuncias ciudadanas en contra del actuar de los Servidores Públicos de la Administración Pública Municipal u omisión en la presentación de Servicios Públicos, a través de la línea 072 y canalizarla a la dependencia correspondiente;
IX. La recepción en carácter auxiliar de las quejas y denuncias recibidas en contra de los Servidores Públicos Municipales, para lo cual podrá recabar pruebas y todo tipo de documentación necesaria que presente el quejoso y una vez recopilada se turnará mediante oficio o comunicado interno a la Dirección de Contraloría y Cuenta Pública para que determine la integración al procedimiento conforme a derecho corresponda;
X. Coordinar la promoción de las facultades de la Sindicatura, así como la cultura de la denuncia y de la línea 072;
XI. Coordinar y administrar la aplicación 072, buzón digital de quejas y denuncias;
XII. Promover la difusión de la línea de denuncia 072, en todo vehículo oficial del ayuntamiento;
XIII. Coordinar el módulo itinerante de quejas y denuncias, en las jornadas comunitarias realizadas por el Ayuntamiento o la Secretaria de Bienestar Social;
XIV. Emitir recomendación a las dependencias o servidores públicos para mejorar el servicio y atención a la ciudadanía;
XV. Llevar acabo cursos de inducción de atención ciudadana, para todos los servidores públicos que integran el Ayuntamiento; y
XVI. Rendir Informe mensual;
XVII. Las demás que el/la Síndico en ejercicio de sus facultades le encomiende.