Rosarito.- De acuerdo al Reglamento de Edificaciones, Desarrollo Urbano y habitabilidad para este municipios; Las vías públicas son imprescriptibles e inalienables; los permisos y concesiones que se otorguen para la ocupación, uso y aprovechamiento de las vías públicas o cualquier otro bien de usos común o destinado a un servicio público, no crean ningún derecho real o posesionario; son siempre revocables y temporales y en ningún caso podrán otorgarse con perjuicio de libre, seguro y expedito tránsito del acceso a los predios colindantes, de los servicios públicos instalados y en general, de cualquiera de los fines a que estén destinadas.