Rosarito.- Dentro del Artículo 18 del Reglamento Interior de Sindicatura nos habla que el departamento de Inspectores contará con un titular, el cual supervisará, organizará y dará cuenta de los procedimientos a su cargo. Así mismo, dicho departamento tendrá las siguientes atribuciones:
I. Realizar recorridos de vigilancia para verificar el desempeño de los Servidores Públicos;
II. Supervisar a los Servidores Públicos en las Dependencias Municipales, de acuerdo a los objetivos que le encomiende el/la Síndico;
III. Hacer entrega a las autoridades correspondientes de los oficios emitidos por e/la Síndico Procurador o por los directores o jefes de área adscritos a la Sindicatura Municipal en aquellos casos en que se solicite por exhorto por alguna autoridad;
IV. Auxiliar al personal de Sindicatura en cualquier diligencia ordenada por el/la Síndico;
V. Levantar actas circunstanciadas cuando así sea necesario y de aquellos elementos ordenados por el/la Síndico