Rosarito.- Según el Artículo 52 del Reglamento de Tránsito y Control Vehicular: Queda prohibida la instalación y uso de:
Torretas, faros rojos en la parte delantera, o blancos en la trasera, sirenas y accesorios de uso exclusivo para vehículos de emergencia.
Utilizar los colores y emblemas privativos de los vehículos oficiales y de emergencia, así como radios que utilicen la frecuencia de la Secretaría o cualquier otro cuerpo de seguridad.
Tengan dispositivos de rodamiento con superficie metálica que haga contacto con el pavimento. Esto incluye cadenas sobre las llantas, así como piezas del vehículo que no estén debidamente sujetas de tal forma que puedan desprenderse constituyendo un peligro.