La Dirección Sectorial Empresarial del Infonavit comunicó que según la Constitución Política, el Infonavit es responsable de administrar los fondos de las subcuentas de vivienda de los trabajadores (Artículo 123, 2o párrafo, fracción XII, apartado A).
Así, la propuesta de modificar el artículo 37 de la Ley del Infonavit para trasladar al Fondo de Pensiones para el Bienestar los fondos de los trabajadores inactivos de 70 años que estén en el Fondo Nacional de la Vivienda va en contra de lo dispuesto en la Constitución.
«El artículo 5º de la Ley del Infonavit señala que las aportaciones de los patrones a las subcuentas de vivienda son propiedad de los trabajadores».
«No pueden ser considerados recursos públicos y, por lo tanto, de ninguna manera pueden formar parte del patrimonio de un fideicomiso público», indicó la Dirección Sectorial Empresarial del Infonavit en su cuenta en la red social X.
En la propuesta de reforma, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sería el fideicomitente de los recursos transferidos.
La noche del miércoles 17 de abril, se suspendió la discusión en la Cámara de Diputados de la aprobación de la reforma legal con la que se crea el Fondo de Pensiones para el Bienestar luego de que integrantes de Morena modificaron, de última hora, el dictamen que se iba a discutir.
Morena eliminó el párrafo donde se detallaba que el traspaso de los recursos de las subcuentas de vivienda «no será aplicable a los recursos de las cuentas individuales de aquellos trabajadores que cuenten con una relación laboral en el instituto».